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Necesitamos resaltar algo importante sobre los casos de asilo que muchas personas no entienden; que hace que sus casos generalmente no se puedan ganar.

Hace unos días, una familia vino a mi oficina. Eran dueños de negocios que habrían perdido la vida y el sustento si no pagaran dinero de protección a una banda criminal que los amenazaba en su país. Hicieron lo que yo tal vez habría hecho en su situación: salieron de su país para encontrar refugio seguro en los EE. UU. Desafortunadamente para ellos y para aquellos que se encuentran en una situación similar, el simple hecho de ser víctima de un delito no es una base suficiente para recibir asilo. La razón de esto es que ser víctima de un delito (y la extorsión de una banda criminal es exactamente eso) no se define como “persecución” por ninguna ley o tribunal en los Estados Unidos. El crimen no cae dentro de las cinco (y solo cinco) categorías dentro de las cuales una persona puede solicitar asilo. Esas cinco categorías son raza, nacionalidad, religión, opinión política, y pertenencia a un grupo social con una característica inmutable (esto incluye cosas como la orientación sexual de alguien).

Incluso en las categorías bajo las cuales las personas califican, las tasas de aprobación para las personas de América Latina son deprimentes. Por ejemplo, para el año fiscal 2023 hasta la fecha actual, la tasa de aprobación de los casos de asilo mexicanos es del 5%; para guatemaltecos, aproximadamente 10%; para los salvadoreños, aproximadamente 11%; e incluso para los venezolanos, donde hay personas muriéndose de hambre en las calles y protestando contra el régimen comunista de Venezuela, la tasa de aprobación de sus solicitudes de asilo es solo del 38%. La gran mayoría de los casos de asilo se niegan porque no tienen una base legal válida para su solicitud, no utilizan abogados competentes en casos de asilo, y/o los casos están mal preparados y presentados.

Para ganar un caso de asilo, debe haber evidencia de “persecución” por uno de los cinco motivos mencionados anteriormente; y la mayoría de las veces la única evidencia disponible es el testimonio de la persona—lo cual hace que tales afirmaciones sean difíciles de probar. Si bien hay abogados (y no abogados) que presentan casos de asilo solo para obtener un permiso de trabajo, prácticamente todos estos casos serán denegados y la persona terminará con una orden de deportación. Lo que empeora la situación es que al presentar casos que no tienen posibilidades de ganar, el sistema se ha visto abrumado con demasiado trabajo—lo cual pone a aquellos con casos que sí se pueden ganar en una fila de espera de diez a doce años para obtener una entrevista o una audiencia.

La excepcion a esta regla (y siempre hay excepciones en las reglas de inmigracion) para aquellos que son víctimas del crimen organizado es probar que los criminales o el sindicato del crimen organizado que los amenaza(n) o los daña(n) está(n) actuando como un gobierno de facto donde ellos viven. En ese caso, es posible que ellos puedan presentar y ganar su reclamo en la categoría de opinión política. Pero todavía son casos muy difíciles de ganar y requieren preparación y apoyo amplios.

Finalmente, solo recuerde que es una mala idea que un notario o un familiar prepare su solicitud de asilo, ya que solo tiene una oportunidad de crear una historia convincente para su solicitud de asilo y es solo su firma en su formulario de USCIS. El gobierno argumentará que cualquier error que usted cometa o cualquier cosa importante que se haya omitido en su solicitud de asilo original pero que luego se haya modificado significa que usted está mintiendo y que su solicitud debe ser denegada.

Si va a presentar una solicitud de asilo, hable con un abogado que sepa presentar, argumentar, y ganar casos de asilo; y, por supuesto, siempre diga la verdad.

Si tiene una solicitud de asilo que le gustaría hacer o si tiene alguna otra pregunta sobre la ley de inmigración, llame a los abogados de Kuck Baxter—Líderes en la Inmigración.

 

Charles Kuck

Charles H. Kuck es el socio gerente de Kuck Immigration Partners LLC